sábado, 27 de octubre de 2012

Evaluación Institucional


Gestión y Legislación socioeducativa
Evaluación Institucional
Adriana Silva Villarreal
Alexander Sandoval Muñoz
17n de Septiembre de 2012.

Evaluación Institucional
Con el objetivo de mejorar la calidad, los establecimientos educativos privados deben realizar anualmente su autoevaluación institucional a través de un proceso participativo y crítico, con apoyo de la Guía No. 4, Manual de Evaluación y Clasificación de Establecimientos Educativos Privados versión 2012 . Existe una versión para colegios, otra para jardines, otra para establecimientos de educación de adultos y otra para proyectos de nuevos establecimientos educativos.
En relación con la versión 2010, en el Manual del 2012 se han establecido nuevas condiciones. Los establecimientos que en las pruebas SABER11 del año inmediatamente anterior se ubiquen en las categorías "Inferior" o "Muy Inferior", independientemente de los resultados de la autoevaluación institucional se clasifican en Régimen Controlado. En ese mismo régimen se clasifican los establecimientos que apliquen el Formulario 1 A y no tengan conexión a Internet al servicio de sus estudiantes, a menos que demuestren que en el barrio o vereda en que están ubicados no existe posibilidad de ofrecerla.
Los rectores envían todos los años, sesenta días antes de iniciar matrículas, a la secretaría de educación correspondiente los resultados de la evaluación del servicio educativo, su propuesta de tarifas e información financiera, avaladas por su Consejo Directivo.
De acuerdo con la mencionada evaluación cada establecimiento educativo se clasifica en un régimen particular, así:
  • si obtiene altos puntajes o está certificado o acreditado en calidad, se clasifica en Libertad Regulada,
  • si obtiene puntajes intermedios, en Libertad Vigilada
  • si obtiene bajos puntajes, si no cumple con disposiciones sanitarias, de seguridad social o contables, si no entrega su autoevaluación o su información estadística de estudiantes matriculados, si se clasifica en Inferior o Muy Inferior en SABER11 o si es sancionado se clasifica en Régimen Controlado.
La clasificación en los distintos regímenes implica distintas reglas de juego para fijar las tarifas, como puede verse aquí. De igual forma, los incrementos que cada año se autorizan a los establecimientos privados están determinados por los resultados y mejoras en la calidad.
La Secretaría de Educación complementa la autoevaluación de los establecimientos educativos con un plan de visitas para evaluación externa. De acuerdo con los resultados de todo lo anterior, emite todos los años una resolución de clasificación y tarifas para cada colegio y debe entregarla antes de la fecha de matrícula de los establecimientos educativos.
Este proceso es apoyado en un aplicativo para el reporte web de la autoevaluación institucional y tarifas, de uso obligatorio, denominado EVI, según establece la Directiva No. 21 de 2009 . Los establecimientos educativos y las secretarías de educación tienen los siguientes apoyos:
  • El módulo de evaluación institucional para colegios, jardines y establecimientos educativos tiene ayuda en línea, marcando el signo de interrogación frente a cada pregunta,
  • El módulo para secretarías cuenta con un curso virtual de inducción a funcionarios , donde se encuentra el manual del aplicativo de evaluación institucional. También se encuentra en la R.Ed. Privada, en los recursos para secretarías de educación,
  • Una mesa de ayuda con línea gratuita nacional 018000513605, teléfono en Bogotá 6000258, Voz corporativa ext. 9999, para solucionar las dudas y problemas de establecimientos y secretarías usuarios del aplicativo de evaluación institucional, EVI.
  • También pueden contactarse al correo de la mesa de ayuda o registrar sus requerimientos a través de SOPORTE TI en http://mesadeayuda.tecnologia.mineducacion.gov.co
  • Resolución No. 11940 de 2012 , que adopta la versión del Manual de Autoevaluación Institucional (Guía 4 MEN) vigente para las autoevaluaciones reportadas para la definición de tarifas del año escolar que inicia en 2013.
  • Decreto 2253 de 1995: Referente a los alcances, términos y condiciones del proceso de evaluación y clasificación para cada año académico.

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